La cobertura de robo y daños al equipaje es una cobertura que puede dar pie a alguna confusión, ya que tiene ciertas restricciones de las que los asegurados pueden no ser conscientes a pesar de estar bien detalladas en las pólizas. Estas restricciones hacen que algunos clientes que hacen uso de esta garantía queden insatisfechos y con la sensación de no haber percibido toda la indemnización a la que tenían derecho por la cobertura de equipaje contratada.

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¿Cuáles son las limitaciones generales de esta garantía?

Independientemente de que se trate de una reclamación por robo o por pérdida de la compañía de transportes, hay que tener en cuenta lo siguiente:

–          No queda cubierto cualquier tipo de equipaje, ya que determinados objetos de valor quedan excluidos de entrada. Hay que ver por lo tanto qué considera cada compañía objetos de valor y cuáles quedan excluidos. Habitualmente quedan excluidas joyas, dinero, obras de arte, en algunos casos material informático, y sí quedan cubiertos material fotográfico o de vídeo.

–          Los objetos de valor quedan por norma general cubiertos hasta un 50% de la suma asegurada, es decir, si la cobertura de equipaje es de 1.000€ la compañía abonará en función de las facturas presentadas por objetos de valor un máximo de 500€.

–          Para que las compañías abonen los efectos robados o perdidos por el transportista se han de presentar los originales de las facturas de compra de los objetos que se reclaman.

 

El robo.

Habitualmente esta cobertura cubre el robo del equipaje hasta el límite contratado, pero hay ciertos requisitos que hay que tener en cuenta:

–          Para que el robo quede cubierto, ha de ser robo con violencia o intimidación, ya que el hurto queda siempre excluido. Esto quiere decir que si uno está comiendo en un restaurante y le roban la mochila sin que se dé cuenta, al ser considerado hurto no quedará cubierto.

–          Además, y para comprobar que en efecto ha sido un robo, las compañías piden copia de la denuncia a las autoridades competentes. Sin denuncia no hay reembolso.

 

Los daños o pérdida definitiva del equipaje ocasionada por el transportista.

Al igual que en el caso de robo hay que tener en cuenta un par de puntos:

–          La indemnizaciones por este concepto tienen carácter complementario a las percibidas por la compañía, es decir, si hay que reembolsar pertenencias por valor de 1.000€ y la compañía de transporte ha reembolsado ya 300€, la aseguradora reembolsa el importe restante hasta el valor de los objetos reclamados.

–          Al igual que en el caso de robo se pide denuncia a la policía, en el caso de daños o pérdidas en el medio de transporte es requisito imprescindible presentar la reclamación efectuada ante la compañía de transporte.

 

Todos los seguros de viaje IATI incluyen la cobertura de equipaje, y cada una tiene sus limitaciones detalladas en el condicionado general de la póliza, que se pueden consultar y descargar en nuestra web.